La Ley 21/2013 (I)
Objetivos, obligación, procedimientos, contenido y principios
El pasado día 12 de diciembre de 2013 entró en vigor la Ley 21/2013, de evaluación ambiental. Su aplicación como legislación básica se producirá a partir del 12 de diciembre de 2014, salvo en casos en que la Comunidad Autónoma pertinente ajuste su normativa con anterioridad a dicha fecha.
Objetivos
La Ley 21/2013 pretende ser un instrumento eficaz para la protección medioambiental. Para alcanzar su propósito se propone simplificar el procedimiento de evaluación medioambiental, incrementar la seguridad jurídica de los operadores y lograr la concertación de la normativa sobre evaluación ambiental en todo el territorio español.
Obligación
La Ley establece la obligación de someter a una adecuada evaluación ambiental todo plan, programa o proyecto que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, antes de su adopción, aprobación, autorización, declaración responsable o comunicación previa.
Procedimientos
La Ley 21/2013 establece esquemas y regulaciones exhaustivas para el procedimiento de evaluación ambiental estratégica y para el de evaluación de impacto ambiental, hasta el punto de que puede prescindirse de desarrollo reglamentario.
Contenido
La Ley se estructura en tres títulos:
- Principios y disposiciones de generales aplicables a la evaluación ambiental estratégica y a la evaluación de impacto ambiental
- Disposiciones reguladoras de los procedimientos de evaluación ambiental
- Seguimiento y régimen sancionador.
Los principios
Los principios aplicables son:
- protección y mejora del medio ambiente
- acción preventiva y cautelar: prevención, corrección y compensación de los impactos sobre el medio ambiente
- quien contamina, paga
- racionalización
- concertación y simplificación de procedimientos de evaluación ambiental
- cooperación entre Administración general y las Comunidades autónomas
- proporcionalidad entre los efectos medioambientales y el tipo de procedimiento de evaluación a aplicar
- colaboración activa de los órganos administrativos que intervienen en el procedimiento de evaluación
- participación pública
- desarrollo sostenible
- integración del enfoque medioambiental en los procesos de toma de decisiones.
Arquitecto Daniel Trujillano
Redactor de Estudios de Impacto Ambiental en España
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