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lunes, 13 de mayo de 2013

Impactos ambientales y medidas correctoras

Identificación y valoración de impactos ambientales

Impactos y medidas

Identificación y valoración de impactos. Medidas protectoras y correctoras.

Evaluación de impacto ambiental
El Estudio de Impacto Ambiental debe incluir un apartado de Identificación y valoración de impactos cuyo fin es exponer la conclusión del estudio de las interacciones entre las acciones derivadas del proyecto y las características específicas de los aspectos ambientales afectados. El apartado de identificación y valoración debe:
  • identificar y valorar los efectos notables previsibles de las actuaciones proyectadas sobre los aspectos ambientales, para cada alternativa examinada
  • identificar los impactos ambientales compatibles, los moderados, los severos y los críticos, así como los efectos mínimos previstos a corto, medio y largo plazo
  • jerarquizar los impactos a fin de valorar su importancia relativa
  • efectuar una evaluación global que permita adquirir una visión integrada y sintética de la incidencia ambiental del proyecto en cada alternativa estudiada, entre las cuales estará la de no realizar la actuación
  • expresar los indicadores o parámetros utilizados, que estarán basados, preferentemente, en normas o estudios técnicos de general aceptación
  • recomendar medidas protectoras o correctoras, en el caso de que el impacto ambiental rebase el límite admisible, y siempre que dichas medidas permitan efectivamente la corrección
  • recomendar la anulación o sustitución de la acción, en el caso de que el impacto ambiental rebase el límite admisible, afecte a elementos ambientales valiosos y no sea posible la corrección
  • indicar los procedimientos utilizados para conocer el grado de aceptación o de repulsa social de la actividad, así como las implicaciones económicas de sus efectos ambientales
  • detallar las metodologías y procesos de cálculo utilizados en la evaluación o valoración de los diferentes impactos ambientales, así como la fundamentación científica de la evaluación.

Propuesta de medidas protectoras y correctoras

El Estudio de Impacto Ambiental debe incluir un apartado de Propuesta de medidas protectoras y correctoras, desarrollado para cada alternativa considerada. El contenido de la Propuesta debe incluir una descripción de las medidas previstas para suprimir o atenuar los efectos ambientales negativos de la actuación en cada una de sus fases. Las medidas serán:
  • de diseño
  • de ubicación
  • procedimientos de depuración
  • dispositivos genéricos de protección del medio ambiente
  • en defecto de los anteriores, medidas dirigidas a compensar los efectos, mediante acciones de restauración o de efecto contrario a la acción emprendida.

La Propuesta de medidas protectoras y correctoras debe incluir planos generales y de detalle. Las medidas deben tener el nivel de desarrollo técnico que permita su estudio económico, incorporando costes de ejecución y de mantenimiento, y deben valorarse técnica y económicamente.